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Anualmente los conductores reciben una notificación de pago de impuestos sobre vehículos de tracción mecánica, como el IVTM (impuesto de circulación) o el impuesto por la realización de una transferencia de vehículo; así como el pago que hay que realizar a Hacienda debido a la compra de un coche de segunda mano en algunas Comunidades Autónomas. La tarifa a pagar se calcula en base a los caballos fiscales del coche, no en base a la potencia o la cilindrada del mismo.
Para calcular los caballos fiscales o potencia fiscal de un coche o moto, puedes utilizar la siguiente calculadora:
El caballo fiscal conforma la unidad indicadora de la carga impositiva aplicable a un vehículo, este debe corresponderse con los caballos de fuerza real del vehículo. También se puede denominar potencia fiscal, al estar con anterioridad relacionada con la potencia del motor. Hablamos tanto de motores diesel como de gasolina.
Como anteriormente hemos mencionado, al tener en cuenta únicamente la cilindrada, puede penalizar a los motores diesel, estableciendo una ventaja para los motores con turbocompresor o los que cuentan con una alta potencia específica. Si necesitas conocer el impuesto de matriculación, pulsa aquí.
En los coches nuevos los datos aparecen en la ficha técnica que incorpora el mismo; esta incluye toda la información necesaria, y a veces incluso se observan los kilowatios calculados en potencia real. Lo común es que este valor se presente, con el nombre de la potencia fiscal, en el lado inferior derecho del informe. La cuantía del impuesto será mayor o menor a la hora de asegurarlo o matricularlo en base a este valor. Por otro lado, puede que la ficha técnica exprese la potencia del coche en KW, en el caso de tratarse de un modelo más antiguo.
Si no aparecen en la ficha técnica del automóvil, no existe problema, pues podrás calcularlos con el siguiente procedimiento:
Pf = T (0, 785 . D2 .R) 0,6 .N
Teniendo en cuenta las siguientes relaciones:
Para coches eléctricos, la fórmula que deberemos aplicar es la siguiente:
Pf= Pe / 5,152
Teniendo en cuenta:
En España aparece regulado en el Anexo V del Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/ 1998 del 23 de diciembre)
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