Transporte de mercancías por carretera
A la hora de incorporar una carga extra a nuestro vehículo es importante conocer la normativa, pues, dependiendo de la anchura, así como el tipo y uso del vehículo, se determina una altura, anchura y longitud máximas para poder circular; ya que esta carga transportada no debe comprometer la estabilidad del automóvil.
ALTURA MÁXIMA: Por norma general, la altura máxima de un vehículo llega a los 4 metros. Sin embargo, existen otro tipo de vehículos cuya altura máxima varía: para los autobuses urbanos la altura máxima son 4,2 metros y para los portavehículos, vehículos grúa y automóviles que transportan contenedores cerrados su altura puede alcanzar hasta los 4,5 metros.
LONGITUD MÁXIMA: 12 metros para todos los vehículos rígidos, excepto autobuses.
ANCHURA MÁXIMA: incluida la carga, 2,55 metros. Sin embargo, 2,6 metros para autobuses destinados al transporte de presos y para vehículos acondicionados.
DIMENSIONES DE LA CARGA
- Vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías (longitud igual o inferior a 5 metros): tanto por delante como por detrás, la carga únicamente podrá sobresalir 1/3 de la longitud del automóvil.
- Vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías (longitud superior a 5 metros): podrá sobresalir 2 metros por delante y 3 por detrás
- Vehículos no destinados al transporte de mercancías: por la parte posterior, hasta un 10% de la longitud del vehículo, y un 15% en caso de ser indivisible. La carga no podrá sobresalir ni por delante ni por los laterales.
- Vehículos de menos de 1 metro de achura: 0,25 metros por la parte posterior, 0,5 metros a cada lado del eje longitudinal y nada por la parte delantera.
- Vehículos de 1 metro o más de anchura: 0,4 metros por cada lateral; la anchura, incluyendo la carga, no podrá ser superior a 2,55 metros.
En las operaciones de carga y descarga no se podrá depositar la mercancía en la vía o zona peatonal. Estas se deberán llevar a cabo con el vehículo y motor apagados y por el lado del vehículo más cercano al borde de la carretera.
Recordamos que, a menos que el vehículo tenga una anchura inferior a 1 metro, la carga deberá ser señalizada con uno o dos paneles pintados con bandas blancas y rojas. Por la noche además de los paneles, se deberá hacer uso de una luz roja si la carga sobresale por detrás o de una luz blanca, en caso de sobresalir la carga por delante. Por otro lado, la carga sobresaliente por los lados en más de 0,4 metros de los bordes exteriores de las luces de posición se señalizará entre el ocaso y la salida del sol y en circunstancias que disminuyan la capacidad de visión por motivos ambientales o meteorológicos.