Si tu permiso o carnet de conducir ha caducado, tendrás la opción de renovarlo en tres establecimientos, en tu Jefatura Provincial correspondiente, en los Centro de Reconocimiento o desde el extranjero; dependiendo de la vía por la que optes, tendrás que entregar una determinada documentación. Para renovar el permiso de conducir son necesarios los siguientes documentos: En las Jefaturas Provinciales de Tráfico, deberás entregar: La tasa de de Tráfico con un importe de 24,10 euros Solicitud en impreso oficial Informe vía telemática de aptitud psicofísica tramitado por un Centro de Reconocimiento de Conductores Una fotografía tamaño carnet, original y en color Talón foto cumplimentado y firmado por el usuario Mientras, en los Centro de Reconocimiento de Conductores necesitarás: La tasa de Tráfico con un importe de 24, 10 euros Informe vía telemática de aptitud psicofísica tramitado por un Centro de Reconocimiento de Conductores DNI y el pasaporte o la tarjeta de residencia Gestionadas desde el extranjero, en embajadas o consulados serán necesarios: La copia del resguardo del pago de la tasa de Tráfico con un importe de 24,10 euros Informe vía telemática de aptitud psicofísica tramitado por un médico del país correspondiente y validado por la embajada o consulado de España en el determinado país Talón foto cumplimentado y firmado por el usuario Período de vigencia El período de vigencia del permiso y licencia de conducción es el siguiente según la clase del permiso: Permiso clase B: período de vigencia de 10 años hasta los 65 años, edad a partir de la cual desciende a los 5 años de vigencia Permiso clases C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E: período de vigencia de 5 años hasta los 65 años. A partir de los 65 años, el período de vigencia se reduce a 3 años Motivos que impiden la renovación del carnet de conducir El titular debe no haber perdido todos sus puntos y mantener los requisitos necesarios para entrega La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por resolución judicial Acordado por vía judicial o administrativa, la intervención, medida cautelar o suspensión de la licencia o permiso Volver a las noticias