¿Cómo actuar en caso de comprar un vehículo en una localidad confinada?
De nuevo la pandemia del coronavirus amenaza con paralizar aún más la actividad en España, actualmente muchas Comunidades Autónomas y municipios cuentan con restricciones de movilidad y toques de queda que marcan el ritmo de vida a millones de españoles. A la hora de comprar un vehículo el coronavirus tampoco facilita las cosas. Si estás aquí y el estado de alarma se ha terminado, échale un vistazo a este post.
En función de la Comunidad Autónoma en la que se resida, se debería comprobar las restricciones de movilidad y toques de queda vigentes en cada territorio. En última instancia y si existe alguna duda , es recomendable que se contacte directamente con el concesionario, para que ellos puedan facilitar una información más precisa de su situación, ya que cada Comunidad Autónoma impone sus propios horarios de toque de queda y cierre de comercios.
Las excepciones de los cierres perimetrales
Las excepciones a los cierres perimetrales son comunes para todas las Comunidades Autónomas, estando recogidos en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020 de 25 de Octubre, que establece lo siguiente:
Únicamente estarán permitidos aquellos desplazamientos adecuadamente justificados, y son los siguientes:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
¿Qué documentación se necesitaría para desplazarse a recoger un vehículo comprado en una localidad confinada?
En el caso de que se tenga que hacer un desplazamiento a una Comunidad Autónoma cerrada perimetralmente o confinada, es requisito imprescindible que el mismo esté debidamente justificado, para ello, en el caso de que las Fuerzas de Seguridad lo requieran deberán aportar la siguiente documentación:
Compra de vehículos por empresas para su actividad profesional.
- Orden de Pedido o Factura de la compra del vehículo.
- Cita con fecha, hora y lugar de recogida del vehículo.
- Certificación de la empresa compradora de que el vehículo se necesita para la actividad profesional.
Compra de vehículos por clientes individuales.
- Orden de Pedido o Factura de la compra del vehículo.
- Cita con fecha, hora y lugar de recogida del vehículo.
- Justificante de la empresa vendedora de penalización económica por no recogerlo en la cita asignada por la misma.
En conclusión, no hay problema en recoger un vehículo comprado tanto por particulares como por empresas en una Comunidad Autónoma con cierre perimetral o confinada siempre que se lleve la documentación indicada anteriormente y para la entrada en su Comunidad Autónoma el D.N.I. acreditativo de residencia en dicha comunidad.
¿Es necesario pedir cita previa para comprar un vehículo?
Por norma general no, pero es muy recomendable por varias razones pero una muy concreta es que dependiendo de cada Comunidad Autónoma hay distintos horarios de cierres de comercios. Aunque los concesionarios suelen ser lugares muy amplios en los que los límites de aforo no suponen un problema siempre es recomendable pedir cita previa. De esta manera, los profesionales contarán con la llegada del cliente a la concesión, pudiendo agilizar los trámites y personalizar la atención.
¿Se puede financiar la compra de un vehículo?
La respuesta es sí, ya que los servicios financieros de las marcas y los bancos están funcionando con normalidad. Es posible realizar la mayoría de trámites a distancia, como el envío de la documentación. Lo más frecuente suele ser pedir que se envíe la documentación a través de e-mail y así poder estudiar la validación del préstamo.
¿Puedo ir a un taller que está fuera de mi localidad si está confinada?
Los talleres mecánicos, junto con otros comercios de primera necesidad, han sido los únicos que han estado abiertos durante todo el estado de alarma prestando un servicio esencial a la población, aunque eso sí con reducción de aforo y siempre siguiendo las recomendaciones sanitarias pertinentes, como el uso de mascarilla, gel hidroalcohólico y respetar la distancia de seguridad mínima interpersonal de mínimo 1,5 metros.
Pero con los cierres perimetrales y municipios confinados, es complicado acudir a un taller mecánico que esté en esta situación, el propietario de un vehículo sólo puede acudir a un taller de su zona, a no ser que no haya ninguno y tenga un justificante que razone su desplazamiento.
Conclusión
Por lo tanto será siempre necesario que el conductor, para cualquier tipo de desplazamiento entre Comunidades Autónomas cerradas perimetralmente o confinadas, lleve en el coche un justificante que avale la movilidad por si le paran en alguno de los controles aleatorios y disuasorios por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que vigilarán que se cumplan estas restricciones.
Cabe recordar que el incumplimiento de estas restricciones, conlleva sanciones económicas de 600 a 600.000 euros, o incluso penas de cárcel. Finalmente antes de aventurarte, averigua el coste de la transferencia del coche o moto.